¿Puedo emitir facturas sin necesidad de darme de alta como autónomo? ¿Qué alternativas puede haber? Si estás empezando una nueva empresa y tu facturación desgraciadamente no es muy elevada o si ya estás dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social trabajando en otra empresa pero deseas o necesitas hacer trabajos complementarios para completar tu salario, existen fórmulas para que puedas facturar sin la necesidad de darte de alta como autónomo.
También cabe la posibilidad de que estés cobrando del paro. En este caso también puedes acogerte a otras fórmulas para generar unos ingresos extra y sin defraudar al Estado. Lo que te aconsejamos es que no intentes conseguir unos ingresos extra no declarándolos porque te pueden multar fuertemente. Esta fórmula también es conveniente en algunas ocasiones si estás trabajando como freelance y tus ingresos no rebasen una cierta cantidad. Ahora te explicamos todas las alternativas que tienes:
Si no te acoges al régimen de autónomo pero estás ingresando dinero lo primero que tienes que hacer es darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Si no lo haces no podrás emitir facturas y las emites sin estar registrado constituye un delito. Una vez estés registrado en este censo ya podrás emitir facturas sin necesidad de que estés dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Eso sí, los trabajos que realices no deben ser considerados como un medio de vida.
El consejo que te queremos dar desde aquí es que no emitas facturas de forma habitual, es decir, todos los meses y con la misma suma de dinero porque Hacienda podría considerar que es tu medio de vida.
Nunca factures como autónomo si estás cobrando una prestación por desempleo.
A través de las cooperativas también puedes emitir facturas sin ser autónomo. Aquí debes tener en cuenta que para poder hacerlo tienes que ser miembro de dicha cooperativa. Por ser miembro te cobrarán una cuota que puede oscilar entre los 80 y los 100 euros. También debes tener en cuenta que no serás tú quién facture, sino que lo harás a través de la cooperativa y ésta te va a cobrar los gastos de gestión. La cooperativa también se encargará de cobrarla y posteriormente te la ingresará a ti.
Los impuestos que pagan las cooperativas, en concreto el Impuesto de Sociedades están en torno al 10%. Lo más lógico es que te descuenten de cada factura el porcentaje que corresponde al Impuesto de Renta de las Personas Físicas (IRPF). En algunos casos, las cooperativas sí exigen que estés dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social mientras dure el trabajo. Cada cooperativa aplica sus propias reglas, así que es mucho mejor que vayas a preguntar directamente.
En cualquier caso, y siempre que los trabajos sean de manera puntual, es más aconsejable facturar a través de las cooperativas porque es mucho más rentable que hacerse autónomo. Ya sabes que los autónomos tienen que pagar lo que se llama la cuota RETA, es decir, del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos más el 21% correspondiente y el IRPF que corresponda.
En cambio, con la cooperativa, sólo deberás abonar la cuota de socio, los costes de la Seguridad Social los días trabajados (dependiendo de cooperativas) y un 2% de IRPF.
Pues estas son las dos maneras que tienes de emitir facturas sin darte de alta en el Régimen de Autónomos. Como ves, son más rentables que ser autónomo si la facturación no supera los 9.000 euros al año. Sea como sea, procura facturar a través de uno de los sistemas para no caer en fraude.